2.- Según se establece en el artículo 7.4 de la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente aplicable, quedan exentos de la necesidad de licencia municipal o de declaración responsable, salvo que las ordenanzas o reglamentos municipales, en supuestos expresamente justificados y de carácter excepcional, establezcan lo contrario:
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