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Created by Sussy Carrillo Hernández
about 2 months ago
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El Código Tributario
Campo de Aplicación.
Regula las relaciones jurídicas tributarias en Guatemala (excepto aduaneras y municipales, salvo aplicación supletoria).
Antecedentes historicos:
● Período Clásico.
● Período Postclásico.
● Postclásico tardío.
En el período posterior a la clásica tardía ya había prácticas de tributo antes de la conquista
Aquellas por las que conforme a la Constitución se pueden:
● Modificar.
● Suspender.
● Suprimir tributos.
● Conceder beneficios tributarios.
Clases de tributos.
Principios Constitucionales de la Tributación
. ● Legalidad: Solo el Congreso puede decretar tributos.
● Capacidad de pago: Justicia y equidad (más ingresos = mayor aporte).
● Prohibición de múltiple tributación y tributos confiscatorios.
● Impuesto: No vinculado directamente al contribuyente (ej. ISR, IVA).
● Arbitrio: Decreto por municipalidades.
● Contribución especial: Pago por beneficios directos (obras o servicios).
.
. ● Entidad recaudadora: SAT (Superintendencia de Administración Tributaria).
IMPUESTOS
Principales impuesto en Guatemala
Impuestos Directos
●IUSI (Decreto 15-98): Pago por inmuebles rústicos y urbanos (trimestral o anual).
● Herencias, legados y donaciones (Decreto 431): Lo pagan los beneficiarios.
Impuestos indirectos.
● Bebidas alcohólicas y cervezas (Decreto 21-2004): Pago según precio de venta final.
● Tabaco (Decreto 61-77): Lo pagan fabricantes e importadores; ingresos van al sector salud.