Libertad de Cultos en Colombia

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Libertad de Cultos en Colombia
  1. Artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, (Ley 74 de 1968)
    1. Libertad en toda persona en su pensamiento, conciencia, y religión.
      1. Garantía de la manifestación de la religión y las creencias
        1. Compromiso de los Estados para garantizar que los hijos reciban educación religiosa y moral que esté de acuerdo a sus creencias.,
        2. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Ley 74 de 1968)
          1. Garantía de derechos sin discriminación por motivos de religión o creencias
          2. Covención Americana sobre Derechos Humanos (Ley 16 de 1972)
            1. Garantías de Libertad de religión, creencias y la libertad de asociación de grupos religiosos.
            2. El preámbulo y los artículos 1, 2, 13, 18, 19 y 20 de la Constitución Política de Colombia
              1. El Estado deberá garantizar el libre ejercicio a profesar su religión, culto y la igualdad de éstas ante la ley.
              2. Ley 133 de 1994
                1. Estableció el régimen de las libertades religiosa y de cultos, con el fin de consagrar un ordenamiento común para todas las religiones y cultos, y fijar el régimen jurídico básico para las distintas religiones y confesiones religiosas.
                  1. Ministerio del Interior, es quien reconoce la personería jurídica de carácter especial a las entidades religiosas en Colombia, según el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y sus decretos reglamentarios
                  2. Sentencia C-088 de 1994
                    1. “La Ley 133 de 14, se trata del establecimiento de un marco jurídico, que consagra las garantías básicas para que todas las personas, como individuos o como comunidades religiosas o como comunidades de fieles, seguidores o creyentes, puedan desarrollar libremente de modo organizado o espontáneo sus actividades religiosas"
                    2. Decreto Ley 2893 de 2011
                      1. Establece como objetivos del Ministerio del Interior, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos, entre otras, en materia de libertad de cultos y el derecho individual a profesar una religión o credo
                      2. Decreto 1066 de 2015 y Decreto 437 de 2018
                        1. Política Pública Integral de Libertad Religiosa y de Cultos
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